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29 »Al hombre o a la mujer que le salga una llaga en la cabeza, o en la barba, 30 el sacerdote deberá examinarle la llaga. Si ésta se ve más hundida que la piel, y el pelo se ve amarillento y delgado, el sacerdote lo declarará impuro. Se trata de tiña, es decir, lepra de la cabeza o de la barba.

31 »Si el sacerdote examina la llaga de la tiña, y ésta no se ve más hundida que la piel, ni hay en ella ningún pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de tiña durante siete días.

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