Add parallel Print Page Options

15 ¶ Al cabo de los siete años harás remisión.

Y ésta es la manera de la remisión: todo aquel que hizo préstamo de su mano, con que adeudó a su prójimo, lo soltará; no lo demandará más a su prójimo, o a su hermano; porque la remisión del SEÑOR es pregonada.

Del extranjero demandarás el reintegro; mas lo que tu hermano tuviere tuyo, lo soltará tu mano,

Read full chapter

Bible Gateway Recommends